martes, 28 de mayo de 2013

La sentencia sobre lo militar, lo civil y el militarismo


El 17 de mayo del corriente año, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió una demanda de inconstitucionalidad presentada contra el nombramiento de los generales, David Munguía Payes y Francisco Salinas, como Ministro de Justicia y Seguridad Pública y Director de la PNC, respectivamente. Esta es la sentencia más importante políticamente y más ardiente jurídicamente de todas las que la Sala ha pronunciado.

Dagoberto Gutiérrez

En la sentencia se aborda con la mayor valentía y contundencia el consabido tema de la defensa y la seguridad pública. En el fondo, se aborda sin cortapisas el problema real del militarismo como línea conductora de la vida política del país.

La Sala expresa la lucha más cabal por arribar a una democracia constitucional que supere la democracia formal y positivista que hasta ahora impera, porque al abordar la relación entre los militares y los civiles, la Sala ubica al ejército en el terreno de la defensa nacional y a la PNC en el terreno de la seguridad. Se trata de apoyarse en los acuerdos de paz que aparece como fuente histórica de la Constitución.

Puestas así las cosas, la Sala se está remitiendo a la guerra de 20 años, toda vez que es ésta la fuente ineludible de los acuerdos de paz. Fue esta guerra la que permitió derrotar al militarismo, entendido este como la degeneración del papel del ejercito que deja de estar al servicio de la defensa del país, y se convierte en árbitro, juez, rector, usufructuario y controlador único del poder político en la sociedad.

Son abundantes los peligrosos resultados de este fenómeno y, por eso mismo, los acuerdos de paz resultan invaluables. Pero lo más importante de estos acuerdos es la separación de la defensa y la seguridad pública y la exclusión del ejército de toda relación ordinaria con la seguridad. Dicha separación constituye el dique constitucional que cerca, jurídica y políticamente al militarismo en nuestro país. En su sentencia, la Sala se apoya, correcta e inteligentemente, en los acuerdos de paz, de los cuales emanaron las reformas constitucionales que establecieron para las Fuerzas Armadas, sus nuevas funciones, tal como lo establece el Art.212, y lo relacionado a la PNC contenida en el Art. 159.

La separación entre lo civil y lo militar resulta ser un verdadero artificio histórico que se corresponde con la formación ideológica, precisamente militarista, que reciben los militares. Se trata de separar a la Fuerza Armada del pueblo, al que se considera como fuente real de amenazas insurgentes que puede poner en peligro al Estado. Y en ningún caso, éste ejército concibe una guerra popular, por eso la separación entre un militar patriota, dueño del honor,  todopoderoso, defensor de la Patria, y un civil despojado de todas esas virtudes. Esta separación del pueblo contrasta con la vinculación y adhesión de los ejércitos a las oligarquías dominantes que también se entienden y funcionan separadas del pueblo, pero al cual explotan y reprimen usando a este ejército para eso, cuando esto se hace necesario. Para la Fuerza Armada, esta separación de funciones equivale a la pérdida de su calidad de clase gobernante.

Cuando el Presidente Funes rompe con los acuerdos de paz y con la Constitución, en este punto, coincidió con aspiraciones militaristas existentes y actuantes en la sociedad y en las Fuerzas Armadas. Cuando la Sala de lo Constitucional ratifica en su sentencia esta separación establecida en los acuerdos de paz, está poniendo las cosas en su puesto, reparando el daño producido por Funes y enfrentándose a todo el clamor de la derecha más primitiva y atrasada del país.

La sentencia no aborda el papel de los militares en otras áreas públicas y solamente se refiere a la seguridad. Establece, sin embargo, que un militar puede trabajar en el área de la seguridad, siempre y cuando se haga policía y se forme como tal en la Academia de Seguridad Pública. La tesis de la Sala es incontrovertible, toda vez que la formación ideológica, teórica y práctica de un militar, está relacionada con la guerra de defensa nacional ante una agresión externa y todo militar debe estar preparado eficientemente para ello. La seguridad pública, por el contrario, requiere otra formación y preparación, otra psicología e ideología, y es la PNC el cuerpo adecuado para esas funciones, y es el policía el profesional, con la capacidad para desempeñarse en ese terreno.

Ninguna de las sentencias anteriores había tocado fibras tan intimas del poder político como éstas. Esto explica la encendida y esperada reacción de las derechas oligárquicas ante la más valiente de las sentencias.

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