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martes, 25 de agosto de 2015
Sala Constitucional declara terroristas a pandilleros y a quienes los apoyen y financien
Los magistrados consideran que las maras atentan contra derechos fundamentales de la Constitución.
Warner Velásquez/Teresa Andrade
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declararon como terroristas a los miembros de las maras MS y 18 por atentar contra los derechos fundamentales de la Constitución de la República. La Sala basa su sentencia en el accionar delictivo de las maras, el cual ha aumentado significativamente en los últimos meses con asesinatos de policías, paro de buses, éxodo de familias y aumento de extorsiones a comerciantes.
La Sala remarca que los "jefes, miembros, colaboradores, apologistas y financistas, quedan comprendidos dentro del concepto de 'terroristas' en sus diferentes grupos y formas de participación, e independientemente de que tales grupos armados u organizaciones delictivas tengan fines políticos, criminales, económicos (extorsiones, lavado de dinero, narcotráfico, etc.), o de otra índole.
Los magistrados aclaran que "cualquier otra pandilla u organización criminal con perfil similar al de la MS y 18 quedan comprendidos dentro del concepto de 'terroristas'". En la misma sentencia los magistrados declaran que los jueces pueden hacer uso de las intervenciones telefónicas, así como la práctica de declaraciones de víctimas, testigos e imputados mediante el uso de medios electrónicos.
Lo anterior se establece debido a que en un gran numero de casos en el que se involucran a los mareros, estos quedan impunes debido al temor que se tiene a estos grupos criminales. Según el comunicado de la Sala “En sentencia emitida este lunes, la Sala resolvió 4 demandas de inconstitucionalidad contra la Ley Especial Contra Actos de Terrorismo –LECAT–, en ella se rechazaron veintitrés planteamientos declarando que no son inconstitucionales y además se declararon contrarias a la Constitución cuatro disposiciones establecidas en dicha ley.
“La Sala señaló que el artículo 1 LECAT, que define lo que debe entenderse por “terrorismo”, no es inconstitucional ya que este puede ser interpretado conforme al marco de valores y principios contemplados en la Constitución y el Derecho Internacional, según los cuales el terrorismo constituye el ejercicio organizado y sistemático de la violencia, que mediante afectaciones concretas de bienes jurídicos individuales o colectivos, busca intimidar de forma general a la población, controlar territorios poblacionales, compeler a las autoridades gubernativas a negociar concesiones penitenciarias o de otra índole, afectar el sistema económico de una nación, el marco de la institucionalidad democrática y el sistema de derechos fundamentales contemplados en la Constitución.
“La Sala consideró en su sentencia que es un hecho notorio que las organizaciones criminales antes mencionadas, realizan dentro de su accionar, atentados sistemáticos a la vida, seguridad e integridad personal de la población, incluidos contra las autoridades civiles, militares, policiales y penitenciarias; contra la propiedad, mediante la ejecución de delitos de extorsión a personas naturales o jurídicas; vulneraciones al derecho de todo ciudadano de residir en cualquier lugar del territorio, obligándoles a abandonar sus residencias mediante amenazas; en contra del derecho a la educación, puesto que se obliga a la deserción de estudiantes, debido al temor de ser víctimas de aquellas organizaciones; contra el libre tránsito, debido a que hay zonas específicas donde ciertas personas no pueden circular, bajo riesgos de sufrir atentados a su vida o integridad; modifican la distribución territorial realizada por el Tribunal Supremo Electoral, máxima autoridad en la materia según el art. 208 Cn., para efectos del voto residencial, y lo adecuan a la distribución de los territorios según es controlada por ellos; paralizan el transporte público de pasajeros, incluso a nivel nacional y con frecuencia atentan contra la vida del personal de los servicios de transporte público; impiden la libre realización de actividades económicas y laborales de amplios sectores de la población; entre tantas acciones realizadas de manera sistemática, planificada y organizada.
“Con base en ello, la Sala concluye que son grupos terroristas las pandillas denominadas Mara Salvatrucha o MS-13 y la Pandilla 18 o mara 18, y cualquier otra pandilla u organización criminal que busque arrogarse el ejercicio de las potestades pertenecientes al ámbito de la soberanía del Estado, atemorizando, poniendo en grave riesgo o afectando sistemática e indiscriminadamente los derechos fundamentales de la población o de parte de ella; en consecuencia, sus jefes, miembros, colaboradores, apologistas y financistas, quedan comprendidos dentro del concepto de “terroristas” en sus diferentes grupos y formas de participación, e independientemente de que tales grupos armados u organizaciones delictivas tengan fines políticos, criminales, económicos (extorsiones, lavado de dinero, narcotráfico, etc.), o de otra índole”.
Fiscal general celebra la sentencia
El fiscal general de la República, Luis Martínez, dijo estar satisfecho por la resolución de la Sala debido a que ella permitirá a las autoridades judiciales agilizar algunos procesos, especialmente a la Fiscalía General de la República. “Todos debemos estar unidos y debemos combatir a esas bandas criminales que le roban la paz a los salvadoreños”, dijo el funcionario. “Sabemos que el país vive un momento difícil, producto de una violencia brutal que vemos a diario y no debemos humillarnos ante los terroristas que pretenden que haya una nueva negociación y a la cual siempre me he opuesto”, subrayó.
Diputados satisfechos por resolución
Los diputados de las distintas fracciones miembros de la comisión de seguridad y combate a la narcoactividad se mostraron satisfechos ante la resolución de la Sala de lo Constitucional. El pecenista Antonio Almendáriz, presidente de la comisión, vio con buenos ojos la resolución. “La Sala sienta con esta resolución un precedente y está obligando a todos los jueces que tiene que aplicarla”, destacó el diputado. Almendáriz presidió la comisión que elaboró la Ley Especial contra Actos de Terrorismo y aseguró que “tuvieron cuidado con que no riñera con la Constitución ni con los convenios internacionales”. Por su parte, el diputado de GANA, Guillermo Gallegos, también se mostró satisfecho con la declaratoria.
“Quiero expresar mi satisfacción por la resolución de la Sala. Me parece que está reaccionando muy bien con lo que está sucediendo en el país en materia de inseguridad que se vive”, aseguró. Gallegos destacó que esta medida abre la posibilidad a una serie de medidas que se pueden aplicar a los pandilleros, entre ellas las extradiciones, que se les pueda aplicar la Ley contra Actos de Terrorismo e incluso darles penas mucho más fuertes.
“Al declarar a los miembros de las maras y pandillas, a sus financistas y a los que colaboren con ellos como terroristas da pie para que en todo el país los jueces puedan aplicar esta ley sabiendo que tienen una resolución de la Sala, pero principalmente que la autoridad de seguridad pública y el Ejército y que los puedan enfrentar como lo que son, como terroristas”, sentenció Gallegos.
De la misma opinión es el diputado de ARENA y miembro de la comisión, Ernesto Vargas, quien además de sentirse satisfecho aseguró es todo un reto. “Creo que la medida es buena pero que hay que complementarla con las medidas que eso conlleva, ya que ella por sí sola no va a poder resolver el problema”, sostuvo. Vargas aseguró que esta resolución es como cuando se declara emergencia o desastre nacional.
“Hay medidas extraordinarias para problemas extraordinarias esto es y ha sido un problema extraordinario, que no se ha sabido abordar y que por la falta de eficiencia y de la estrategia operativa correcta ha crecido”, manifestó. No obstante aseguró con esta clasificatoria los retos serán varios para el país ya que se tendrá que se tendrá una herramienta más que necesita utilizarse de manera efectiva. "Vamos a trabajar con una categoría de calificación de terrorismo y ello va a requerir conceptos y medidas especiales y por tanto hay que verla en el campo político, en el jurídico, en el judicial y en el accionar policial”, sentenció.
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